A- de 2023
Ponente Cristina Pardo Schlesinger
✓Demandante Calero Betancourt Alexander Y Otros·Demandado Municipio De Santiago De Cali
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Procesos ejecutivos en los que se pretende el pago de acreencias laborales reconocidas mediante actos administrativos
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Conflicto de Jurisdicciones suscitado entre el Juzgado Sexto Administrativo Oral del Circuito de Cali y el Tribunal Superior del Distrito de Cali, Sala Primera de Decisión Laboral.
Dicha controversia se originó respecto a la competencia para conocer una una demanda ejecutiva promovida por varios ciudadanos en contra del municipio de Santiago de Cali.
En ella solicitaron el pago de la prima de antigüedad y prima semestral otorgadas a través de actos administrativos en virtud de lo establecido en el Decreto Municipal 216 de 1991.
Luego de verificar el cumplimiento de los presupuestos para la configuración de un conflicto entre jurisdicciones, la Corte reiteró la Regla de decisión del Auto 613 de 2021, según la cual, corresponde a la jurisdicción ordinaria, en su especialidad laboral, el conocimiento de los procesos ejecutivos en los que se pretende el pago de acreencias derivadas de una relación de trabajo, reconocidas en actos administrativos.
Lo anterior, de conformidad con los artículos 12 de la Ley 270 de 1996 y 2.5 y 100 del Código Procesal del Trabajo y de la Seguridad Social.
Con base en lo anterior se remite el expediente al Tribunal Superior del Distrito de Cali, Sala Primera de Decisión Laboral, para lo de su competencia y para que comunique la presente decisión a los interesados.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (4 puntos)
- PRIMERO. DIRIMIR el conflicto negativo de jurisdicciones suscitado entre el Juzgado
- Sexto. Administrativo Oral del Circuito de Cali y el Tribunal Superior del Distrito de Cali, Sala Primera de Decisión Laboral, en el sentido de DECLARAR que su conocimiento corresponde al Tribunal Superior del Distrito de Cali, Sala Primera de Decisión Laboral, y debe reasumir la competencia del referido proceso.
- SEGUNDO. Por intermedio de la Secretaría General, REMITIR el expediente CJU-2815 al Tribunal Superior del Distrito de Cali, Sala Primera de Decisión Laboral, para lo de su competencia y para que comunique la presente decisión al Juzgado
- Sexto. Administrativo Oral del Circuito de Cali y a los demás interesados.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.